CAPACITACIÓN SENCE

La Directiva Sindical administra 500 UF del total de la franquicia tributaria de que dispone la Empresa para capacitación.


El tiempo empleado en capacitación será compartido entre la Empresa y el tiempo personal del trabajador según la siguiente pauta:

i) Si el interés de la capacitación es por necesidad de la Empresa, el tiempo empleado en ella será de cargo de la Empresa.

ii) Si la capacitación es del interés de la Empresa y del Trabajador, el tiempo empleado en ella será compartido en partes iguales entre la Empresa y el Trabajador.

iii) Si la capacitación es de carácter general, como son los idiomas y los software de uso generalizado, el tiempo empleado en ella será de cargo del Trabajador.

Para los puntos i), ii) e iii) anteriores, el Comité Bipartito de Capacitación definirá en cada caso cuál es la categoría que se aplica.